Cobro de incapacidades
Velamos por que se cumplan todas las normativas
Radicamos incapacidades que estén pendientes por pagar a los empleadores. Hacemos todo el seguimiento y acompañamiento hasta que el dinero de dichas incapacidades lleguen a la cuenta bancaria de tu empresa.
Recuerda que este proceso ya no debe ser un dolor de cabeza para tu compañía, Formar TH te brindará asesoría especializada.
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¿Que debes tener en cuenta para el cobro de incapacidades?
- Fecha de emisión.
- Datos del cotizante.
- Fecha de inicio y fin de incapacidad.
- Días de incapacidad.
- Diagnostico.
- Clase de Incapacidad (general, accidente de trabajo, accidente de tránsito, licencia de maternidad, licencia de paternidad)
- Datos del medico que emite la incapacidad.
- Se cobran solo las incapacidades mayores a 2 días por Eps.
- Incapacidades por Arl se debe hacer el cobro de todas sin importar el número de días.
- La EPS te va a pagar el 66.67% y la ARL el 100%.
- El colaborador debe tener mínimo 4 semanas de cotización con el empleador para el cobro de incapacidades por Eps.
- Podemos cobrar incapacidades de hace 3 años atrás sin importar que los colaboradores ya no estén trabajando para la empresa.
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